El Gobierno Nacional oficializó, a través del Decreto 1050/2024 publicado en el Boletín Oficial, la entrega de un Bono Extraordinario Previsional destinado a jubilados y pensionados de menores ingresos. Esta medida busca mitigar el impacto que la inflación ha tenido en el poder adquisitivo de estos sectores.
El decreto hace referencia a la Ley N° 27.609, la cual establecía una fórmula de actualización de los haberes jubilatorios que, según el documento, no logró proteger de manera efectiva a los jubilados frente al aumento de los precios. Como resultado, señala el texto, fue necesario implementar bonos adicionales en varias ocasiones para compensar esta pérdida de poder adquisitivo, especialmente en los ingresos más bajos.
Detalles del Bono
El bono tendrá un monto máximo de $70.000 y será otorgado a los beneficiarios de diversas prestaciones contributivas administradas por la ANSES. Esto incluye:
- Jubilados y pensionados contemplados en la Ley N° 24.241 y regímenes nacionales anteriores.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Perceptores de pensiones no contributivas por vejez, invalidez o madres de siete hijos o más.
- Pensiones graciables otorgadas por el Estado.
El decreto establece que el bono solo será asignado a beneficios que se encuentren vigentes al momento de la liquidación y aclara que no será objeto de descuentos ni podrá ser utilizado para el cálculo de otros conceptos. En los casos de pensiones compartidas, se considerará como un único titular para el acceso al bono.
Implementación y Control
La ANSES será el organismo encargado de implementar, supervisar y regular la entrega de este bono. Asimismo, la Jefatura de Gabinete realizará los ajustes presupuestarios necesarios para garantizar el cumplimiento del decreto, el cual entrará en vigencia desde su publicación.
¿Quiénes Pueden Acceder al Bono?
Los beneficiarios incluyen:
- Jubilados y pensionados que perciban haberes a través de la ANSES.
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Perceptores de pensiones no contributivas y graciables.
Requisitos y Condiciones
- Haber vigente: El beneficio debe estar activo al momento de la liquidación.
- Monto ajustado: El valor del bono variará según los ingresos del beneficiario.
- No remunerativo: El bono no forma parte del haber jubilatorio, no será considerado para otros cálculos y no podrá ser descontado.
Con esta medida, el Gobierno busca aliviar la situación económica de uno de los sectores más vulnerables, garantizando un ingreso adicional para quienes más lo necesitan.