¿Cuántas transferencias bancarias diarias puedo hacer sin alertar a la ARCA?
Con la reciente transformación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), conocer los límites para operar con transferencias bancarias se ha vuelto crucial para evitar conflictos con este organismo.
Desde su creación, a fines de octubre de 2024, la ARCA asumió todas las responsabilidades de la AFIP, incluyendo la administración del monotributo, la gestión de turnos y el control de transacciones financieras. Sin embargo, los cambios no solo fueron estructurales; también se implementaron estrictas medidas para supervisar los movimientos de dinero a través de bancos, billeteras virtuales y tarjetas.
¿Qué transferencias están bajo la lupa?
La normativa actual establece que:
- Los saldos en billeteras virtuales que alcancen o superen los $700.000 mensuales serán informados automáticamente a la ARCA.
- Las transferencias que superen los $400.000 sin una justificación válida serán investigadas para verificar el origen de los fondos.
Aunque el énfasis recae en operaciones mensuales acumuladas, transacciones múltiples realizadas en un solo día también pueden ser motivo de investigación si generan sospechas.
¿Qué documentación puede solicitar la ARCA?
Si se detectan movimientos inusuales, la ARCA puede exigir pruebas que respalden la legitimidad de las operaciones, como:
- Tickets de compra y venta.
- Comprobantes de transacciones comerciales (venta de acciones, empresas, etc.).
- Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
- Facturación reciente.
- Constancia de inscripción en el monotributo.
Estas medidas tienen como objetivo principal garantizar la transparencia y la legalidad de las transacciones financieras.
Vuelven los embargos para ciertos contribuyentes
A partir del 1° de enero de 2025, la ARCA también retomó la posibilidad de embargar cuentas bancarias y judicializar deudas fiscales, una medida que había estado suspendida durante años. Sin embargo, este retorno no aplica a todos por igual:
- Las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) ya no están exentas de embargos.
- Las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud mantendrán la suspensión de medidas hasta el 31 de julio de 2025.
Planes de pago: una solución para evitar sanciones
Como alternativa para regularizar deudas, la ARCA lanzó un nuevo plan de facilidades que permite financiar obligaciones tributarias en cuotas de hasta 48 meses con tasas de interés reducidas. Este plan está dirigido a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades exceptuadas, y estará disponible desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025.
Si bien esta normativa busca equilibrar la fiscalización con opciones de pago flexibles, ha generado críticas por no incluir la reformulación de planes vigentes, lo que deja a ciertas empresas en desventaja.
Conclusión
La implementación de estas medidas marca un giro en la política fiscal del país, con un enfoque más riguroso en la supervisión de transacciones y el cobro de deudas tributarias. Para evitar inconvenientes con la ARCA, es fundamental operar dentro de los límites establecidos y, en caso de necesidad, contar con la documentación adecuada para justificar cualquier movimiento financiero.